Por unanimidad, el máximo tribunal retrotrajo el cuadro tarifario a los valores que estaban vigentes antes del aumento dispuesto por Cambiemos. Además estableció que las audiencias públicas son obligatorias para fijar nuevos esquemas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y le puso un freno al aumento de gas dispuesto por el gobierno de Cambiemos para lo usuarios residenciales.
Por unanimidad, los integrantes del máximo tribunal de justicia dispuso retrotraer las tarifas al esquema que estaba vigente antes de los aumentos establecidos por el Ministerio de Energía, a cargo de Juan José Aranguren.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, coincidieron además en especificar que la audiencia pública es un requisito obligatorio antes de avanzar en un nuevo esquema tarifario.
La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales, aclararon en la Corte Suprema. Respecto de ellos, “las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan”, señalaron fuentes del tribunal.
Una aclaración del fallo es que se mantiene la vigencia de la tarifa social.
“Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación”, agregaron las mismas fuentes, que señalaron que en el fallo “se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos”.
La Corte hizo expresamente una distinción: la audiencia es inexorable para determinar el precio del transporte y distribución, mientras que, para fijar el precio de extracción de boca de pozo, el Gobierno deberá hacer la audiencia a menos que el valor sea determinarlo por el mercado.