El diputado provincial, Martín Berhongaray, presentó un proyecto donde pide que la provincia de La Pampa adhiera a la Ley Nacional N° 26.934 que establece el “Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos”, que busca la prevención y tratamiento de esta problemática.
El legislador radical pidió en un proyecto de ley que se implemente en La Pampa los postulados de la Ley 26.934 que creó a nivel nacional el “Plan Integral para el abordaje de los consumos problemáticos”, ideando una serie de herramientas y resolviendo la implementación de un conjunto de políticas públicas dirigidas a la prevención y tratamiento de esta problemática, medidas que necesariamente deben articularse con las provincias para tornar efectiva su aplicación en todo el territorio del país.
Los objetivos centrales de la Ley consisten en prevenir tales consumos desde un abordaje intersectorial, asegurar la asistencia sanitaria integral gratuita a los sujetos afectados, favoreciendo su integración y amparo social.
Berhongaray aclaró que la Autoridad de Aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud de la provincia, a través de la Subsecretaría de Abordaje de las Adicciones y Salud Mental.
Además, en el proyecto señaló que “las obras sociales y las empresas de medicina prepaga que desarrollen sus actividades en la Provincia de La Pampa, deberán incluir en su menú de prestaciones los servicios garantizados por la presente Ley en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días a partir de la sanción de este marco normativo”.
Las funciones serían las siguientes:
Articular las acciones de prevención, asistencia e integración con los distintos ministerios y secretarías provinciales.
Promover acuerdos para la creación de Centros Comunitarios de Prevención de Consumos Problemáticos.
Interactuar y armar estrategias con instituciones públicas y ONG’s de la comunidad para fomentar actividades e instancias de participación y desarrollo.
Garantizar la asistencia sanitaria a los consumos problemáticos con una mirada transdisciplinaria e interjurisdiccional, respetando la autonomía individual de los sujetos, priorizando los tratamientos ambulatorios, incorporando a la familia y considerando la internación como un recurso terapéutico de carácter restrictivo y extremo.
Desarrollar Planes de Capacitación para el Sistema de Salud Provincial.
Adoptar las normas de habilitación y fiscalización por parte de los efectores gubernamentales como no gubernamentales dedicados al diagnóstico, deshabituación, desintoxicación y rehabilitación de los sujetos afectados por consumos problemáticos.
Mantener actualizado un Registro Permanente de Efectores en el ámbito de la Provincia de La Pampa.
Promover, junto con la Subsecretaría de Educación de la provincia, la finalización de los estudios primarios o secundarios a quienes hubiesen sido atendidos por consumos problemáticos en hospitales generales, comunidades terapéuticas o cualquier otra instancia asistencial, o bien que hayan sido derivados de las instancias preventivas.
Articular acciones y firmar convenios con organismos estatales y con organizaciones no gubernamentales con el fin de permitir el ingreso de los jóvenes atendidos por consumos problemáticos en hospitales generales, comunidades terapéuticas o cualquier otra instancia asistencial, o que hayan sido derivados de las instancias preventivas.