Entregaron una carta a todos los bloques legislativos. Reclaman el ingreso definitivo al estado bajo las leyes 643 y 1279. La semana próxima serán recibidos por la oposición.
En la mañana de hoy, ex trabajadores y trabajadoras monotributistas que lograron ingresar al Estado Provincial bajo la ley 2871 y reclaman el ingreso definitivo a la planta permanente, se acercaron hasta la Legislatura para manifestar su descontento ante el trato diferencial que reciben por parte del estado.
Ivana Chillemi, trabajadora de la Subsecretaría de Adicciones y Salud Mental e integrante de la agrupación Verde y Roja de ATE, contó que estuvieron con las y los representantes del FrePam y otros bloques, quienes se comprometieron a atenderlos la semana que viene, entre el martes y el miércoles.
“Si bien para nosotros la persona que debería tratar este tema es Ariel Rauschenberger (diputado del PJ), porque el que conoce la ley 2871 en profundidad y al mismo tiempo es el presidente de la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, también creemos que el resto de los bloques no están ajenos a nuestra situación y de alguna manera queremos comprometerlos. Para eso les entregamos una carta, explicando la situación área por área, cuál es la diferencia salarial y por eso es que pedimos una terminalidad en la ley, que no está escrita”, agregó.
“Lo que hay que entender es que pedimos el pase a la ley 643 administrativa o 1279 de salud, porque las diferencias salariales son muy importantes. Los compañeros trabajan cinco horas y ganan alrededor de $9200 o 9500, cuando un compañero de planta de la ley 643 gana entre 14000 y 15000 pesos. Es casi un 40% salarial por trabajar una hora y media más”, dijo.
“Por eso entendemos que esa diferencia sigue discriminando a estos compañeros, que consiguieron un montón de derechos laborales como jubilación, vacaciones, pero que están atrasados desde el punto de vista salarial”, dijo.
La nota presentada en la Legislatura Provincial es la siguiente:
Por medio de la presente nos dirigimos a ud. a fin de convocar a su bloque partidario para que intervenga en favor de los/as trabajadores/as de la Ley N° 2871 de Jornada Reducida.
Tal como es de público conocimiento en el año 2015 por medio de ésta ley fue posible el reconocimiento al trabajo de aproximadamente 1400 trabajadores/as precarizados que llevaban, bajo diferentes modalidades, tareas varias en todos los ministerios de la provincia.
Esta ley, a diferencia de su antecesora la Ley N° 2343, si bien en su texto reconoce su carácter transitorio, carece de una fecha de terminalidad que estipule el paso a la ley del trabajador del estado N° 643 (o N° 1279 para los trabajadores de Salud) según corresponda por su actividad y sector.
A raíz de ésto se generan injusticias tales como: que a igual jornada laboral la remuneración y el reconocimiento es diferente, llegando a representar más del 40% de diferencias salariales y cobrando sueldos en todos los casos muy por debajo de la canasta básica familiar. Esta brecha se acentúa entre los trabajadores de salud, quienes no están percibiendo los adicionales específicos de esas áreas (riesgo hospitalario, actividad crítica, guardias, etc). Esta ley solo contempla el pago de un proporcional por 5hs. de una categoría única homologable a la N°16 de la Ley N° 643 y no toma en consideración las diferencias en cuanto a responsabilidades legales, profesionales y cívicas de las tareas que se desempeñan. Además de negar el derecho desarrollar la carrera administrativa o técnica/profesional y concursar por categorías y cargos en sus sectores.
Si bien se crea la ley de jornada reducida contemplando a una mayoría de los trabajadores que son porteros o personal de maestranza escolar (aproximadamente 1100 trabajadores/as), alrededor 300 trabajadores/as de diferentes ministerios que se encontraban realizando una jornada completa de 6hs 30mins o de 8hs en el área de Salud, debieron reducir su jornada laboral y sus ingresos.
El sector de Turismo, Parque Luro y la Dirección de Bosques realizaron una solicitud formal para que se pudieran implementar en su área las horas extras, el sector de Salud Mental una solicitud de ampliación de jornada horaria, el sector de Salud ve coartada su posibilidad de realizar guardias en los Centros Asistenciales, los trabajadores de Desarrollo Social tienen acuerdos disímiles respecto de guardias, adicionales, riesgos psico-físicos y horas extras etc. Éstas dificultades se generan debido a que horas extras, ampliación de jornada, guardias y cobro de adicionales de cada sector no están debidamente contempladas en la ley que hoy nos encuadra.
Queremos llamar la atención que actualmente hay ingresos de personal directamente a la ley N° 643 o 1279 en los mismos lugares donde se les niegan vacantes a compañeros encuadrados en la ley de tiempo reducido, sin miramiento alguno por los años de antigüedad, la idoneidad y/o competencia del/la trabajador/a y que claramente no tiene que ver con cuestiones presupuestarias. Esto constituye una verdadera situación de violencia institucional para los/as trabajadores/as de la 2871 junto con las enumeradas anteriormente ya que al momento de gestarse la ley se acordó que las vacantes generadas en las 643 y 1279 serian cubiertas por los/as trabajadores/as de la 2871.
Consideramos, que ya es urgente terminar con las injusticias e irregularidades que ésto genera y creemos que es posible llevarlo a cabo si cada uno de los/as trabajadores/as pasa a la ley que le corresponde, ya sea Ley N° 643 o 1279. Ésto no sólo restituiría derechos vulnerados sino que abogaría por el buen funcionamiento de las diferentes áreas, cuya operatividad y eficiencia se ve entorpecida por una ley provisoria y que tal como reconoce el entonces Ministro Coordinador de Gabinete Ariel Rauchenberger, es una ley imperfecta.
Es importante destacar que los trabajadores de la Ley N° 2871 veníamos desempeñando tareas en el estado, algunos con más de 10 años de antigüedad, por lo que nuestra competencia e idoneidad está más que probada y con lo cual no aceptamos nuevos periodos “evaluatorios”. Asimismo al momento de elaborar los listados nominales anexados a la ley, éstos fueron confeccionados entre los responsables de los ministerios y los representantes gremiales, para de ésta manera, dar más transparencia al proceso y evitar suspicacias.