a Justicia Federal falló a favor del Partido Socialista, que había reclamado porque la UCR y el PRO querían utilizar el nombre FrePam en la denominación de su propio frente.
“Ganamos porque el FrePam no tiene nada que ver con Macri”, dijo el diputado provincial Luis Solana, precandidato por el Frente Progresista que reúne al socialismo y al GEN.
El PS había impugnado que la UCR, su aliado a nivel provincial bajo la sigla de Frepam junto al Fregen, utilizara esa denominación en su alianza con el PRO y otros partidos para las elecciones a legisladores nacionales de este año. Esa alianza se iba a llamar Propuesta Frepam Cambiemos, y ahora debería cambiar la denominación.
“El Frepam es provincial y no se podrá usar en estas elecciones nacionales. Ha sido un buen fallo y equilibrado que preserva al frente que tenemos en La Pampa con radicales y fregenistas y que no está identificado con las políticas nacionales actuales”, indicó Solana.
El juez federal Facundo Cubas hizo lugar a la oposición planteada por el PS e intimó a la alianza en formación de la UCR y el PRO “a la adopción de una denominación diversa”.
Cubas dijo que las alianzas son “uniones transitorias” por lo que “no existe ninguna norma en que pueda sustentarse su existencia como entidad permanente”.
“Por lo tanto, una vez culminada la elección para la cual fue constituida, el uso posterior del nombre, símbolos, siglas y emblemas por parte de alguno de los integrantes sin la conformidad de los restantes exmiembros, implica la formación de una alianza distinta que podría llevar confusión a la ciudadanía, ya que el nombre partidario identifica doctrina, plataforma y programa, por lo que significa justamente un atributo de identidad”, dijo el juez en su fallo.
Consideró que por eso “es necesaria la autorización de todas las agrupaciones que las integraron para la utilización de los referidos elementos por cualquier de ellas”.
Cubas resaltó que el objetivo es es “lograr que la voluntad del elector sea auténtica, es decir libre de toda confusión; lo cual exige a las agrupaciones partidarias que la elección de la denominación que llevarán esté presidida por el principio general de la buena fe, que debe primar en todas las relaciones humanas”.