El Bloque de concejales y concejalas del PJ presentó un proyecto de Ordenanza, que ingresará mañana en el recinto, en el que se propone la creación de un “Programa de Asistencia y Oportunidad Laboral” destinado a las personas que circunstancialmente lavan automóviles en la vía pública de la Ciudad de Santa Rosa.
La concejala Lezcano, autora del proyecto, explicó que “se propone abordar de forma integral la problemática social de estas personas que lavan automóviles en la vía pública y que están en situación de vulnerabilidad. No solo asignarles un área, que es lo que se había sugerido en Comisión de Administrativa cuando se habló el tema del estacionamiento medido, sino es ir más allá y tratar la realidad social. Como decimos en el proyecto para esto es esencial un relevamiento de campo con un equipo interdisciplinario y un trabajo articulado entre las distintas áreas del municipio para que la intervención se eficaz porque si no obviamente no se van a obtener resultados”, dijo.
La concejala también agregó que “el proyecto establece un marco normativo que permite un trabajo coordinado entre las áreas y posibilitan un abanico de alternativas para generar oportunidades laborales, que esta actividad sea temporaria y allanando el camino para que mediante una capacitación logren un oficio o a través de una cooperativa puedan insertarse en el marcado laboral”, cerró.
Proyecto
Visto y Considerando
Que, ante el reordenamiento del tránsito en la ciudad y el señalamiento correspondiente, las personas que en los alrededores de la Plaza San Martín se dedicaban al lavado de automóviles fueron desalojados de la misma;
Que, atento a que se observan en varias arterias de la zona céntrica más personas que lavan autos en condiciones precarias, y ante la posible ampliación en la ciudad del Estacionamiento Medido es necesario evitar una nueva exclusión de parte del departamento ejecutivo de este sector social en situación de vulnerabilidad;
Que, oportunamente solicitamos mediante un Proyecto de Comunicación que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Acción Social nos brindara un informe con el relevamiento socio económico, y la cantidad de personas dedicadas al lavado de autos en la vía pública;
Que, en la Comisión de acción Social de este cuerpo deliberativo dicho Proyecto de Comunicación no prosperó, por lo cual al día de la fecha desconocemos la cantidad exacta de personas que lavan autos en la vía pública, así como los motivos por los cuales el departamento ejecutivo decidió el desalojo de los lavacoches sin dar una solución a esta problemática social;
Que, la presente ordenanza tiene como objeto el abordaje integral de las personas que circunstancialmente llevan adelante el lavado de automóviles en las calles de la ciudad, mediante capacitaciones educativas en oficios, la formación de cooperativas y otras líneas de gestión social para posibilitarles la inserción en el trabajo formal;
Que, el Estado debe intervenir y garantizar la oportunidad laboral y la contención social adecuada a las personas que realizan el lavado de automóviles, y que circunstancialmente llevan adelante esta actividad como único sostén económico para ellos y sus familias;
Por Ello:
El bloque de Concejales del Partido Justicialista
presenta el siguiente proyecto de Ordenanza
Artículo 1: Créase un “Programa de Asistencia y Oportunidad Laboral” destinado a las personas que circunstancialmente lavan automóviles en la vía pública de la Ciudad de Santa Rosa”.
Artículo 2: Serán beneficiarios del “Programa de Asistencia y Oportunidad Laboral” las personas mayores de dieciocho años y que se encuentren desarrollando la actividad en la ciudad.
Artículo 3: La Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Desarrollo Social.
Artículo 4: Créase una “Mesa Permanente de Coordinación, Monitoreo y Capacitación”, que será integrada por un coordinador designado por la autoridad de aplicación, un equipo interdisciplinario, un representante de la Subdirección de Educación para el Empleo y un representante de la Subdirección de Ingeniería y Planificación del Tránsito; con el objeto de brindar asistencia a los lavacoches, y establecer oportunidades laborales a través de la capacitación en oficios, la formación de cooperativas de trabajo, los programas de inserción laboral, en articulación con áreas gubernamentales e Instituciones del medio que faciliten el ingreso de los beneficiarios al trabajo formal.
Artículo 5: La “Mesa Permanente de Coordinación, Monitoreo y Capacitación” cumplirá con las siguientes funciones:
1- Designar las calles y las playas de estacionamiento del radio céntrico de la ciudad que se habilitaran como zonas permitidas para el lavado de automóviles, procediendo a la señalización de las mismas.
2-Fijar el horario para el lavado de automóviles en las zonas habilitadas.
3-Proveer semanalmente a cada beneficiario de los insumos necesarios para realizar el lavado de los automóviles.
4-Establecer un relevamiento de las personas que diariamente se hallan en las calles céntricas ejerciendo el servicio de lavado de automóviles, el mismo será efectuado por personal perteneciente al voluntariado social y/o el personal idóneo designado.
5-A los fines de cumplimentar el “Programa de Asistencia y Oportunidad Laboral” propuesto en el artículo 1, créase un Registro de las personas que se dedican, a cambio de una retribución voluntaria, al lavado de automóviles en la ciudad.
6-Otorgar a cada beneficiario del “Programa de Asistencia y Oportunidad Laboral” una credencial habilitante la cual deberá renovarse anualmente, ropa adecuada y un chaleco que identifique a la ciudad.
7- En coordinación con los beneficiarios establecer líneas de gestión social a efectos de promover su educación formal y la capacitación en oficios.
8-Desarrollar estrategias que promuevan la organización de cooperativas en pos de integrar a los beneficiarios del “Programa de Asistencia y Oportunidad Laboral” en el trabajo formal.
9-Actualizar Anualmente el Registro de las personas lavacoches.
10- Elevar al Concejo Deliberante un informe semestral que exponga la situación, avances y acciones implementadas.
Artículo 6: Autorícese a la autoridad de Aplicación a celebrar convenios con Establecimientos Educativos e Instituciones del medio, con el objeto de incorporar a los aprendizajes de oficios a las personas que integran el Registro de lavacoches.
Artículo 7: La autoridad de aplicación será la responsable de coordinar las estrategias municipales con otras secretarías y de articular acciones en el marco de programas nacionales o provinciales que puedan coadyuvar a los efectos de la presente.
Artículo 8: A los fines de implementar el “Programa de Asistencia y Oportunidad Laboral”, la reglamentación de la presente ordenanza, establecerá la fijación de metas en distintos plazos, proyectadas en un cronograma temporal que facilite la adecuación correspondiente y la posibilidad de su debido contralor.
Artículo 9: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la erogación presupuestaria requerida para dar cumplimiento a la presente