Pocas veces se da que un asesino llama al 911 para informar que ha matado. Fue el caso de Ramón Castro Porcel, quien en la mañana del 5 de noviembre de 2018, esperó a su ex pareja, Rosana Ferreira, le tiró una moto encima, cuando cayó la llevó con un cuchillo hasta la orilla de un canal, la degolló y luego hizo el llamado en el que primero quiso informar que había «una chica muerta».
La comunicación duró varios minutos, e inicialmente sólo dio la novedad de un cadáver y refirió el lugar donde estaba. Tras una conversación con la operadora, finalmente terminó admitiendo que él le había quitado la vida a su ex pareja, con quien tenía una prohibición de acercamiento.
En el audio, se nota la frialdad del relato que llamó la atención del defensor de Castro, el abogado oficial Jorge Luque, quien entiende que puede haber elementos en ese audio que permitan llevar al jurado que mañana escuchará a las partes, los testigos y los peritos, a pensar en la hipótesis de emoción violenta o, quizá, alguna circunstancia extraordinaria de atenuación.
Lo cierto es que, Castro llega a juicio popular con un antecedente de posible violencia de género, que, sin embargo, también tuvo en la testimonial de una de sus hijas, una descripción que lo señalaba como una persona que no era violento con su pareja, a quien nunca le había hecho ningún daño.
Claramente, el caso tiene en vilo al sur mendocino, ya que desde que ocurrió el crimen en una finca del paraje El Ceibo, en General Alvear, ha motivado todo tipo de hipótesis que ahora se ventilarán en el juicio.
El magistrado que llevará adelante el debate es Julio Bittar, y la acusación correrá por cuenta de Ivana Verdún, quien instruyó la causa, y del fiscal jefe, Pablo Peñasco.
Los elementos que serán clave en la determinación del veredicto, entonces, serán el llamado incriminatorio, los informes periciales de psicólogos y psiquiatras del Cuerpo Médico Forense y el antecedente penal que pesaba sobre Castro.
A propósito, la causa en la que debía esclarecerse el supuesto comportamiento violento contra Rosana, recién fue resuelta días después de que esta falleciera degollada a manos de su ex. Esto porque el expediente había quedado aguardando turno de resolución entre las causas tramitadas por el anterior Código Procesal Penal que rigió bajo la Ley 1908 en el sur provincial hasta hace 3 años.
Cuando se modificó el sistema procesal, esos expedientes quedaron a disposición de la Secretaría de Causas Radicadas, la que luego derivaba a los respectivos magistrados y para distintas fechas. A Ferreira, ese cambio y esa dilación, le jugaron en contra.