Luego de 18 días de vuelta a la Fase 1 para cuatro localidades a parir del brote de coronavirus que se dio en Catriló, toda La Pampa vuelve a estar en la «normalidad». A pesar de ello, no están permitidas las reuniones sociales ni la circulación entre localidades.
Los comercios pueden volver a abrir con los horarios que venían trabajando antes del 28 de julio pero ya rige el sistema de Trazabilidad ciudadana. que será obligatorio para todas las dependencias del Poder Ejecutivo Provincial, Entes Descentralizados y Autárquicos, empresas y sociedades del Estado Provincial y optativo para las empresas y/o comercios que decidan adherir.
A los efectos de facilitar la realización de los trámites, el Gobierno de La Pampa -a través del Ministerio de Conectividad y Modernización- realizó dos instructivos. Uno de ellos para el registro de establecimientos/comercios habilitados, responsables de oficinas públicas que funcionen en la provincia u otros organismos habilitados con atención al público. El segundo instructivo explica el modo en que se deberán registrar las personas que ingresen a locales comerciales u oficinas públicas.
Actividades Habilitadas:
- Todas las ACTIVIDADES ECONÓMICAS, con atención, presencia y/o permanencia de público en el lugar, que se encontraban en funcionamiento al día 23 de julio pasado.
- Las ACTIVIDADES FÍSICAS, RECREATIVAS Y DEPORTIVAS, en las modalidades autorizadas previamente.
- Las ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE COMIDAS (restaurantes, bares, cafeterías, heladerías y todo otro local comercial destinado a la producción, consumo y venta de alimentos y/o bebidas) sólo podrán atender un máximo de 4 personas por mesa.
- Para todas estas actividades SE MANTIENEN LOS HORARIOS que se establecieran oportunamente para cada una de las modalidades, COMO ASÍ TAMBIÉN LOS PROTOCOLOS DE FUNCIONAMIENTO, SANITARIOS Y EPIDEMIOLÓGICOS RESPECTIVOS.
Actividades No Permitidas
- ENCUENTROS SOCIALES Y REUNIONES FAMILIARES, en el marco de las decisiones provincial y nacional dictadas oportunamente.
- TRANSPORTE DE PASAJEROS entre localidades, a excepción de la línea que vincula las ciudades de Santa Rosa y Toay.
- CIRCULACIÓN DE PERSONAS ENTRE LOCALIDADES, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).
- CIRCULACIÓN DE PERSONAS DENTRO DE UNA MISMA LOCALIDAD en el horario de 1,30 horas a 7 horas, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).
Permisos de Circulación
- Sólo se mantiene la OBLIGACIÓN DE PRESENTAR PERMISOS DE CIRCULACION para las personas afectadas a actividades esenciales AL MOMENTO DE TRANSITAR DE UNA LOCALIDAD A OTRA O DURANTE EL HORARIO DE 1,30 A 7 DENTRO DE LAS MISMAS.