El ministro de Gobierno y Justicia de La Pampa, Daniel Bensusan, explicó que se trata de “un programa que tiene el Ministerio de Justicia de la Nación para determinadas personas condenadas y procesadas”
“La implementación de este moderno sistema de vigilancia surge de un Convenio de Colaboración y Cooperación entre el ministerio de Gobierno y Justicia de la provincia, el Poder Judicial y el ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Se comenzará haciendo una prueba piloto con cinco dispositivos”, detalló ante Somos Noticias.
“Este Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica que comenzará aplicarse en la provincia de La Pampa, ya se implementa en otras provincias del país. La idea central del Programa es que se apliquen las tobilleras electrónicas en aquellos condenados por la Justicia provincial que, por distintas circunstancias especiales, deben cumplir con arresto domiciliario debido a que por su edad, situación social o género no pueden cumplir la pena en una unidad penitenciaria”, dijo.
“El objetivo es facilitar la reinserción social de aquellas personas que se encuentran privadas de libertad y que pertenecen a grupos vulnerables, implementando medidas alternativas a la privación de la libertad fuera de los complejos penitenciarios y a su vez garantizando el funcionamiento de los mecanismos de control del efectivo”, aclaró.
Respecto al procedimiento de aplicación de los dispositivos electrónicos de control del arresto domiciliario, “será el Poder Judicial quien lo solicitará debiendo informar las condiciones que se establecieron para el cumplimiento del arresto domiciliario. Luego de la solicitud del dispositivo, los organismos que integran el Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica, realizarán un informe técnico sobre la viabilidad”, añadió.
“En el informe se contemplarán aspectos sociales del entorno de la vivienda que puedan alterar su efectividad y las características del domicilio, se verificará que disponga de los requerimientos técnicos necesarios para la instalación del sistema de monitoreo, por ejemplo que cuente con línea cableada de teléfono propia para emitir y recibir llamadas”, agregó.
“Ese informe técnico se remite al Poder Judicial y, teniendo en cuenta todos los elementos de los informes, decidirá si se aplicará o no el dispositivo de vigilancia electrónica. Una vez instalada la unidad de monitoreo en el domicilio, que establece un rango de perímetro en el que el beneficiado se podrá movilizar, y con la tobillera atada, se inicia el monitoreo que dispara alertas en casos de que se viole el perímetro o se detecte cualquier anomalía”, indicó.
Por último el ministro Bensusan explicó que “cuando haya manipulaciones indebidas, ya sea de la tobillera o de la unidad de monitoreo, se dispara una alerta. En situaciones de Emergencia se dará inmediata intervención a la autoridad judicial o en su defecto a las fuerzas de seguridad”.