La protectoa propuso implementar identificación de los mismos y fijar responsabilidades civiles , con multas ante una tenencia irresponsable.
Entre los fundamentos de la iniciativa, indicaron que “nadie desconoce que en el último tiempo, por la falta de una tenencia responsable de quienes son sus dueños, perros/a de gran porte, en especial de la raza Pit Bull, han protagonizado hechos lamentables. Tal el caso de una mujer que fue encontrada muerta en su vivienda, mordida por varios de sus canes, de raza Pit Bull; una niña que debió ser derivada a Buenos aires, con lesiones graves que le provocaron las mordidas de un perro de ésta raza, entre otros casos.”
“Como protectora queremos informarles que día a día, somos testigos directos de la cantidad de perros que mueren o han quedado muy mal heridos por los ataques de perros de ésta raza y que han sido rescatados por nuestra institución”, sostuvieron.
“Queremos dejar en claro que cuando hablamos de TENENCIA RESPONSABLE, hacemos referencia concreta a los dueños/as de éstos perros, sean Pit Bull o de cualquier otra raza de gran porte o calificados como animales de guarda. Son los dueños de éstos animales los responsables de su tenencia y de sus acciones”, afirmaron.
“La situación que éste tipo de animales generan, producto de la irresponsabilidad de sus dueños, es y fue abordada por distintos municipios de nuestro país y vale la pena mencionar que hay países como Estados Unidos que llegaron a prohibir la existencia en su territorio de determinadas razas, así como otros como el caso de Pit Bull, en Hungría y Suecia”, recordaron.
El proyecto de APANI propone regular la tenencia de animales que por su contextura física y temperamento puedan resultar potencialmente peligrosos, para hacerla compatible con la seguridad de personas, bienes y otros animales. Para ellos es importante destacar que se considerarán perros potencialmente peligrosos a aquellos que tengan antecedentes de agresiones a personas u otros perros; estén adiestrados para el ataque y la defensa; y se encuentren clasificados por la Federación Cinóloga Argentina como de Guarda y Ataque.
La Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad, a través del Area de Zoonosis será la autoridad de aplicación para el cumplimiento de las obligaciones que una futura ordenanza estableciere.
Aprobar una ordenanza que establezca obligaciones para los propietarios y tenedores de los perros en cuestión, los que deberán cumplimentar una serie de normas como:
a) Para poder circular con ellos en los lugares y espacios de uso público en general, será obligatoria la utilización de correa o cadena de menos de metro y medio de longitud. Además se les exigirá la utilización de un bozal adecuado a la raza de que se trate, debiendo ser conducido por una persona mayor de 18 años de edad.
b) Las instalaciones (viviendas) que alberguen a éstos últimos deberán ser seguras, para evitar que se escapen y generen inconvenientes, daños y/o muerte a terceros.Por ello el propietario del animal que esté en la vía pública será pasible de la multa que se fije en la ordenanza.
c) Como condición indispensable para su tenencia, los propietarios de los animales de gran porte o razas mencionadas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil, que cubra la indemnización de los daños que los mismos puedan provocar.
d) Todo propietario de un animal de gran porte deberá tener una libreta sanitaria en la que un médico veterinario certifique que tiene la vacunas a su mascota, especialmente la de la rabia y cumplir con toda otra medida profiláctica reglamentada por la autoridad de aplicación.
e) El perro/a o cuando transite en la vía pública junto a su dueño/a o tenedor deberá tener la medalla identificatoria con sus datos o tatuaje aplicado por los organismos municipales, donde se inscribirá por ejemplo un número que se volcará a un Registro Municipal, en los que se cargan los datos filiatorios del propietario.
f) Apostamos además a que se termine la venta/comercialización de éste tipo de razas, que actualmente se realiza en las redes, sin ningún control sanitario de las condiciones en que son vendidos, sin tributo alguno, vulnerando todas las condiciones que se le exigen a los comercios que se dedican a la venta de cachorros.
g) Cualquier vecino en cualquier barrio de la ciudad, podrá denunciar ante Zoonosis o Reclamos de la Municipalidad la existencia de un perro de gran porte o que tenga antecedentes de ataque, que se encuentra suelto y en la via publica
h) Ante la denuncia de cualquier vecino, el animal, que deberá tener chapa o identificación de su nombre y celular de su dueño, será rescatado de la vía pública por personal de la Dirección General de Ambiente y trasladado al área de Zoonosis, y su dueño podrá retirarlo contra presentación de libreta Sanitaria y luego del pago de la multa correspodiente..
Enmarcada en el principio de exigir una TENENCIA RESPONSABLE para las mascotas de gran porte, es que además proponemos la creación de un Registro de los propietarios de éstos animales de parte del municipio, con la autoridad de aplicación correspondiente como áreas de Zoonosis o Medio Ambiente.
i) Proponemos que al personal abocado al control de TRANSITO, se le otorgue la facultad especial para intervenir ante la presencia de un animal de gran porte, incluídos en ésta categoría, que puedan constituir un riesgo para la población, a fin del secuestro del animal y la notificación correspondiente a sus respectivos dueños, adoptando igual sistema a la hora de entregar el can, el pago previo de la multa.
Del Registro
La Autoridad de Aplicación, implementará un Registro Central Informatizado, en el que se hará constar cualquier incidente producido por los canes a lo largo de su vida y denunciado por aquellos que hayan resultado víctimas de los mismos y/o por las autoridades competentes, a cuyo efecto se labrará para cada uno de ellos uno hoja registral en la que constarán los datos del propietario o tenedor, las características del animal que hagan posible su identificación y el lugar habitual de residencia del mismo, dicha hoja se cerrará con su muerte.
Todo perro que haya causado heridas a seres humanos y otros animales deberá ser trasladado al área de zoonosis animal municipal en un plazo de 24 horas, donde se lo mantendrá en observación por el plazo que el facultativo considere conveniente, el que no podrá exceder de diez días (10) si el animal no posee enfermedades contagiosas, tras lo cual será devuelto a sus propietarios o tenedores. Quienes por la vía judicial que correspondiere deberán asumir sus responsabilidades, sean civile o penales.
Se considerarán infracciones muy graves el abandonar a un perro potencialmente peligroso, entendiéndose por animal abandonado, aquel que no esté acompañado por persona alguna, hacer adiestrar a los animales potencialmente peligrosos por quien carezca de certificado de capacitación; adiestrar animales potencialmente peligrosos sin tener certificado de capacitación y la habilitación correspondiente y circular con perros por la vía pública sin sujetarlo con correa.
También la organización o promoción en peleas de perros y la venta ambulatoria de animales, la comercialización por redes sociales sin control sanitario alguno.
Por otra parte, tendrán carácter de infracción grave el circular en la vía pública con un perro potencialmente peligroso sin bozal; la negativa a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes, en orden al cumplimiento de las funciones establecidas en esta ordenanza, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa y no contar con el seguro de responsabilidad civil.
En cuanto a las sanciones, el proyecto afirma que “serán los concejales quienes determinarán los montos de las multas aplicables a los propietarios o tenedores que incumplieran con esta ordenanza y la modalidad del cobro.Las multas serán dobles cuando el titular del animal sea reincidente en su actitud.”
“Al mismo tiempo sostenemos que la tarea de protegernos como sociedad, es una responsabilidad de todos y de todas, más allá del reol indelegable del Estado que deberá arbitrar de manera óptima el recurso humano para llevar adelante políticas que apunten a ello.Por eso creemos que a los vecinos, preocupados por la desidia, el desinterés, la irresponsabilidad de sus vecinos deben tener posibilidad concretar de formular denuncias cuando en sus barrios advierten la presencia de animales sueltos, en la vía pública (veredas, baldíos, parques) con antecedentes de agresión a personas u otros perros; o sin antecedentes pero que son animales de guarda.”
“Al respecto sería conveniente facilitar un teléfono donde los vecinos puedan alertar de la situación y en consecuencia, evitar situaciones que a veces por lo graves, son irreparables.”