El subsecretario de Ingresos Públicos, Alejandro Vicente, y el director de Rentas, Javier Fornero, confirmaron que, por Decreto, se dispuso prorrogar la Reapertura del Régimen Transitorio de Regularización del Registro del Impuesto a los Vehículos por medio de las denuncias impositivas de ventas, hasta el próximo 31 de mayo.
Vicente explicó que todos aquellos contribuyentes que hayan transferido su vehículo y no hayan efectuado la denuncia de venta correspondiente ante la Dirección General de Rentas, tienen la posibilidad de acercarse hasta la fecha mencionada para informar que han realizado una transferencia, siempre y cuando sea anterior al 31 diciembre de 2016, a los efectos que se de baja la deuda que tengan posterior a la fecha de la transferencia.
“Esto surge como consecuencia de nuestra visita a la Cámara de Diputados, donde se les explicó a los legisladores el por qué se implementaba este régimen de regularización y a su vez el por qué se les insistía en que dirigieran su atención al accionar de los Registros excepcionales, que actualmente cumplen con su obligación de dictar la prohibición de circular de los vehículos. Una vez efectuada la denuncia de venta tienen un plazo para realizar la transferencia, en caso de no haberlo hecho, deben dictar la prohibición de circular, ese proceso no se está realizando y de alguna manera a nosotros nos implica un problema ya que el impuesto a los vehículos recae sobre el mismo y no tenemos a quien cobrarle, en definitiva se lo queda una persona en posesión del vehículo que no es el contribuyente y a su vez la persona que figura como titular ya no tiene la posesión, por ese motivo lo que queremos de alguna manera es regularizar esa situación”, detalló.
Por su parte, Fornero manifestó que ha sido muy alta la concurrencia de gente para informarse y tratar de regularizar la situación. Asimismo recordó que la denuncia por la transferencia de un auto se realiza en el Registro de la Propiedad del Automotor donde está el auto radicado, una vez informado al Registro que ya no se es poseedor del vehículo, desde ese momento empieza a contar el plazo para intimar a que se haga la transferencia, ese formulario, que es la denuncia de venta, luego se puede hacer valer en la Dirección, siempre y cuando la operación de entrega sea anterior al 31 de diciembre de 2016.