{"id":3789,"date":"2016-08-01T20:18:35","date_gmt":"2016-08-01T23:18:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.infopampa.com\/?p=3789"},"modified":"2016-08-01T20:18:35","modified_gmt":"2016-08-01T23:18:35","slug":"piden-que-cada-dos-anos-se-evalue-las-aptitudes-psicologicas-del-personal-policial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/2016\/08\/01\/piden-que-cada-dos-anos-se-evalue-las-aptitudes-psicologicas-del-personal-policial\/","title":{"rendered":"Piden que cada dos a\u00f1os se eval\u00fae las aptitudes psicol\u00f3gicas del personal policial"},"content":{"rendered":"<p>La diputada provincial, Patricia Testa, present\u00f3 un proyecto donde solicit\u00f3 modificar el Cap\u00edtulo VI \u201cCalificaciones de aptitudes y desempe\u00f1o\u201d, del T\u00edtulo II \u201cCarrera Policial\u201d, para que cada dos a\u00f1os los uniformados se realicen evaluaciones de aptitudes psicol\u00f3gicas.<\/p>\n<p>La legisladora del FrePam, pidi\u00f3 modificar el Cap\u00edtulo VI \u201cCalificaciones de aptitudes y desempe\u00f1o\u201d, correspondiente al T\u00edtulo II \u201cCarrera Policial\u201d,\u00a0 de la Norma Jur\u00eddica de Facto N\u00b0 1034\/80 \u201cR\u00e9gimen para el personal policial\u201d.<\/p>\n<p>Testa manifest\u00f3 que al momento del ingreso a la instituci\u00f3n policial \u201clos aspirantes se someten a diferentes ex\u00e1menes, entre ellos la evaluaci\u00f3n psicol\u00f3gica, evaluaci\u00f3n que no se repite en ninguna instancia a lo largo de toda la carrera policial\u201d.<\/p>\n<p>Destac\u00f3 que con la aprobaci\u00f3n del proyecto \u201cse estar\u00eda normando esta evaluaci\u00f3n que no tiene otra finalidad que dictaminar si el personal est\u00e1 apto psicol\u00f3gicamente para cumplir con las funciones a su cargo. Esto permitir\u00e1 visualizar diferentes cuestiones inherente al servicio de polic\u00eda, pudiendo detectarlas evitar\u00eda poner en riesgo a toda la comunidad\u201d, fundament\u00f3<\/p>\n<p>La diputada sostuvo que el personal policial \u201ctiene importantes obligaciones y responsabilidades, que act\u00faa representando al Estado, quien lo invest\u00ed de potestades\u00a0 legitim\u00e1ndolo en el uso de la fuerza p\u00fablica, la coacci\u00f3n y ni nada m\u00e1s ni nada menos de un arma de fuego\u201d, dijo.<\/p>\n<p>Resalt\u00f3 que en el campo de la psicol\u00f3gica cl\u00ednica, se han expresado los riego laborales inherente al servicio del polic\u00eda \u201cnos encontramos con varias investigaciones sobre el tema, como por ejemplo la de la licenciada espa\u00f1ola Dolores P\u00e9rez Bravo quien expuso en su trabajo \u2018La Preparaci\u00f3n Mental del Polic\u00eda en las Intervenciones Policiales\u2019, lo siguiente: \u2018Algunos estudios emp\u00edricos han puesto de manifiesto que la emoci\u00f3n m\u00e1s experimentada por los agentes de polic\u00eda es el estr\u00e9s. De hecho, el trabajo del polic\u00eda est\u00e1 fuertemente vinculado al estr\u00e9s por dos razones fundamentales: -La mayor\u00eda de las veces, el polic\u00eda desarrolla su profesi\u00f3n y su labor en un entorno conflictivo y arriesgado. Por otro lado, las herramientas de trabajo del polic\u00eda el arma, la defensa y\/o bast\u00f3n policial, generan o a\u00f1aden un riesgo que puede considerarse como factor de estr\u00e9s\u2019, explic\u00f3 P\u00e9rez Bravo en su libro\u201d.<\/p>\n<p>Manifest\u00f3 Testa que La Pampa: \u201cno ha estado exenta, de hechos tr\u00e1gicos ocurrido dentro de un marco de intervenci\u00f3n policial, caso tr\u00e1gico es el de lo ocurrido hace pocos d\u00edas, que tuvo como consecuencia la muerte del ciudadano H\u00e9ctor Santiago Garialdi. A la fecha hay dos efectivos policiales imputados, con la investigaci\u00f3n fiscal formalizada por el delito de homicidio doblemente agravado por la condici\u00f3n de polic\u00eda y por el uso de arma de fuego\u201d.<\/p>\n<p>PROYECTO DE LEY<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba.- Modif\u00edquese el Cap\u00edtulo VI \u201cCalificaciones de aptitudes y desempe\u00f1o\u201d, correspondiente al T\u00edtulo II \u201cCarrera Policial\u201d,\u00a0 de la Norma Jur\u00eddica de Facto N\u00b0 1034\/80 \u201cR\u00e9gimen para el personal policial\u201d, el que quedara redactado de la siguiente forma:<\/p>\n<p>CAPITULO VI: Calificaci\u00f3n de desempe\u00f1o y aptitud\u00a0 Psicol\u00f3gica<\/p>\n<p>Art\u00edculo 91\u00ba.- Anualmente, todo el personal policial ser\u00e1 calificado en tres instancias y agrupado por la respectiva junta de calificaciones y cada dos a\u00f1os tendr\u00e1n evaluaci\u00f3n de aptitudes psicol\u00f3gicas conforme a la presente ley y normas que establezca el Reglamento del r\u00e9gimen de Calificaciones Policiales y Aptitudes Psicol\u00f3gicas.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 92\u00ba.- Cada una de las dos instancias inferiores, despu\u00e9s de registrar las anotaciones que estim\u00f3 justas, en el formulario pertinente, las remitir\u00e1 a la correspondiente junta de calificaciones.- Independientemente de las instancias inferiores la Junta de calificaciones respectiva emitir\u00e1 su opini\u00f3n en tercera instancia, debiendo \u00e9sta ser promediada con el promedio obtenido de las dos notas emitidas por las instancias inferiores.- La calificaci\u00f3n final ser\u00e1 notificada al interesado qui\u00e9n deber\u00e1 rubricar esa constancia pudiendo formular reclamo separadamente cuando estime que la calificaci\u00f3n emitida por cualquiera de las tres instancias ha sido err\u00f3nea o injusta.- La presentaci\u00f3n se efectuar\u00e1 ante la respectiva junta de Reclamos que para estos efectos funcionar\u00e1 conforme se reglamente. Para el caso de la evaluaci\u00f3n de aptitudes psicol\u00f3gicas, se realizara por una junta de psic\u00f3logos evaluadores nombrados para tal fin, quienes realizaran el respectivo informe teniendo en cuenta las funciones que desempe\u00f1an en su respectivo cargo el personal policial.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 93\u00ba.- La calificaci\u00f3n anual comprender\u00e1 el plazo transcurrido entre el anterior informe (si lo hubiese) y la v\u00edspera del cierre del nuevo informe. Salvo circunstancias excepcionales, debidamente documentadas ante la Superioridad, los informes anuales de calificaci\u00f3n se cerrar\u00e1n el d\u00eda 1\u00ba de Octubre. El informe de aptitud psicol\u00f3gica se realizara cada dos a\u00f1os contados desde la fecha de ingreso a la instituci\u00f3n o desde la fecha del \u00faltimo ascenso en la carrera policial.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 94\u00ba.- Se formular\u00e1n informes parciales:<\/p>\n<p>-De calificaci\u00f3n en los siguientes casos:<\/p>\n<p>1) Al personal Superior y Subalterno que deba cumplir cambio de destino, cuando hubiesen transcurrido m\u00e1s de noventa (90) d\u00edas a ordenes del superior que califica;<\/p>\n<p>2) al personal que le estaba subordinando, cumpliendo m\u00e1s de noventa (90) d\u00edas desde la \u00faltima calificaci\u00f3n, cuando el superior deba cumplir cambio de destino;<\/p>\n<p>3) por adscripci\u00f3n a otro destino o comisi\u00f3n de servicio por un lapso no inferior a sesenta (60) d\u00edas continuos. Esta calificaci\u00f3n corresponde sea formulada por el superior de destino temporario o a cuyas \u00f3rdenes se hubo cumplido la comisi\u00f3n del servicio.<\/p>\n<p>-De aptitud psicol\u00f3gica en los siguientes casos:<\/p>\n<p>1) Al personal Superior y Subalterno que deba cumplir cambio de destino;<\/p>\n<p>2) Cuando el personal lo solicite por voluntad propia;<\/p>\n<p>3) Antes de cada curso de ascenso;<\/p>\n<p>4) Ha pedido de un superior cuando estime necesario, a los fines de saber si su personal est\u00e1 en condiciones psicol\u00f3gica para seguir cumpliendo funciones en el \u00e1rea donde se encuentre afectado.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 95\u00ba.- Anualmente, en formulario especial, cada superior elevar\u00e1 directamente al jefe de Polic\u00eda, informe de las calificaciones extremas (muy altas y muy bajas) que hubiera aplicado. La junta de psic\u00f3logos elevara cada informe bienal o parcial al jefe de polic\u00eda, recomendando en su caso,\u00a0 la reubicaci\u00f3n del personal y\/o tratamiento Psicol\u00f3gico para el mismo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 96\u00ba.- Sin perjuicio de lo prescripto por los art\u00edculos anteriores, las juntas de Calificaciones para el personal Superior y subalterno de la Instituci\u00f3n, previo minucioso an\u00e1lisis de los antecedentes, comprobaciones t\u00e9cnicas, personales e informes de aptitudes psicol\u00f3gicas- si lo hubiera- reunidas durante el per\u00edodo de permanencia en el grado agrupar\u00e1n, conforme se reglamente, a todo el personal en la siguiente forma:<\/p>\n<p>1) Apto para el asenso<\/p>\n<p>2) apto para permanecer en el grado;<\/p>\n<p>3) inepto para las funciones en el grado;<\/p>\n<p>4) inepto para las funciones policiales;<\/p>\n<p>5) inhabilitado para el ascenso.-<\/p>\n<p>Art\u00edculo 97\u00ba.- Independientemente de lo prescripto por los art\u00edculos 93, 95, y 98 el Comando de\u00a0 jefatura podr\u00e1 convocar en cualquier fecha del a\u00f1o a las juntas de Calificaciones respectivas, a los efectos de requerirles informe sobre el agrupamiento y aptitudes psicol\u00f3gicas\u00a0 actualizado de cualquier agente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La diputada provincial, Patricia Testa, present\u00f3 un proyecto donde solicit\u00f3 modificar el Cap\u00edtulo VI \u201cCalificaciones de aptitudes y desempe\u00f1o\u201d, del T\u00edtulo II \u201cCarrera Policial\u201d, para&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":1397,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[291,5],"tags":[840,839,838],"class_list":["post-3789","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas","category-laprovincia","tag-cada-2-anos","tag-examen-a-policias","tag-patricia-testa"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.infopampa.com\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/policia.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3789","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3789"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3789\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3790,"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3789\/revisions\/3790"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1397"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3789"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3789"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.infopampa.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3789"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}